El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha confirmado la condena de cinco años de prisión impuesta a un hombre por abusar sexualmente de uno de sus hijos, menor de edad y con una discapacidad que lo hacía especialmente vulnerable. La resolución ratifica la sentencia dictada previamente por la Audiencia Provincial de Málaga.
El alto tribunal andaluz también mantiene la absolución del acusado respecto a las acusaciones relacionadas con otro de sus hijos, al considerar que en ese segundo caso no quedaron acreditados los actos de carácter sexual que se le atribuían.
Al menos tres episodios entre 2013 y 2016
Según los hechos declarados probados por la Audiencia de Málaga y ahora respaldados por el TSJA, los dos menores convivieron con su padre hasta 2016 y ambos tenían reconocida una discapacidad.
La sentencia considera probado que, entre 2013 y 2016 y en al menos tres ocasiones, el acusado se valió de la influencia y superioridad derivadas de la relación paterno-filial y de la especial vulnerabilidad de uno de los menores para realizarle tocamientos cuando se encontraban a solas. Según recoge la resolución, el condenado presentaba esos actos al menor como si se tratara de un juego.
Cinco años de cárcel y diez años de alejamiento
Por estos hechos, la Audiencia Provincial condenó al hombre como autor de un delito continuado de abuso sexual a cinco años de prisión. La pena se completa con la prohibición de aproximarse o comunicarse con la víctima durante diez años.
También se le impuso la inhabilitación durante ocho años para ejercer cualquier profesión que implique contacto regular y directo con menores. Una vez cumplida la pena privativa de libertad deberá afrontar, además, cinco años de libertad vigilada.
La resolución establece igualmente una indemnización de 9.000 euros para el hijo por el daño moral causado.
El TSJA rechaza el recurso de la defensa
La defensa recurrió la sentencia cuestionando, entre otros aspectos, la valoración de las pruebas y planteando una posible vulneración del derecho a la presunción de inocencia.
El TSJA ha desestimado el recurso. Tras revisar la valoración efectuada por el tribunal de instancia, la Sala concluye que no aprecia un error patente que deba corregirse y considera que la condena se apoya en pruebas de cargo con suficiente valor incriminatorio.
De esta forma queda confirmada la condena respecto a uno de los hijos y, al mismo tiempo, la absolución en relación con el segundo, ya que los tribunales no consideran probado que el acusado realizara actos sexuales contra él.
Una resolución conocida este jueves
La confirmación de la sentencia se ha conocido este jueves 24 de septiembre. El pronunciamiento del TSJA respalda así la valoración realizada por la Audiencia de Málaga sobre los hechos cometidos contra el menor y las medidas penales y de protección impuestas al condenado.
Fuentes: resolución del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía difundida por Europa Press y Málaga Hoy.
Mantente informado con El Caso Málaga
Elige cómo quieres recibir titulares y enlaces directos a las noticias.
Alertas en este dispositivo
El permiso oficial del navegador solo se solicitará cuando pulses el botón.
Consentimiento independiente de las cookies. Baja y preferencias disponibles en cada correo. Privacidad.