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Los funcionarios de prisiones de Málaga serán agentes de la autoridad desde este jueves

La reforma de la Ley Penitenciaria entra en vigor el 15 de octubre. ACAIP-UGT celebra el cambio legal, pero exige más plantilla, medios y protección frente a las agresiones en Málaga I, Archidona y el CIS.

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Los funcionarios de la Administración Penitenciaria tendrán desde este jueves, 15 de octubre, el reconocimiento legal expreso como agentes de la autoridad. La medida se recoge en la Ley Orgánica 4/2026, de 13 de octubre, publicada este miércoles en el Boletín Oficial del Estado (BOE), que modifica el artículo 80 de la Ley Orgánica General Penitenciaria. En Málaga, el sindicato ACAIP-UGT considera que se trata de una reivindicación histórica, aunque advierte de que la nueva protección jurídica debe ir acompañada de más personal, mejores medios y medidas eficaces contra las agresiones.

La organización sindical ha hecho pública este 14 de octubre una nota de prensa en la que sitúa sus reclamaciones en los centros penitenciarios Málaga I, Málaga II (Archidona) y el Centro de Inserción Social (CIS) de Málaga. Según ACAIP-UGT, sus profesionales trabajan en un contexto de conflictividad, con intervenciones ante situaciones de tensión, amenazas y episodios violentos. El sindicato insiste en que estos riesgos no deben asumirse como una parte inevitable del trabajo penitenciario.

Qué cambia con la nueva ley para los funcionarios de prisiones

La reforma aprobada incorpora expresamente al artículo 80 de la legislación penitenciaria la condición de agentes de la autoridad de los funcionarios en el ejercicio de sus funciones. El propio preámbulo de la norma explica que la modificación pretende aclarar su posición jurídica y evitar interpretaciones judiciales dispares sobre esa condición.

También contempla que los funcionarios puedan identificarse mediante su número de registro profesional en procedimientos administrativos y judiciales derivados de su actividad. Se trata de una previsión vinculada al ejercicio de sus funciones, no de una autorización general para ocultar su identidad en cualquier circunstancia.

Otra de las novedades se refiere a los informes redactados por funcionarios que hayan presenciado los hechos en procedimientos disciplinarios penitenciarios. La ley les reconoce valor suficiente para fundamentar una resolución, salvo prueba en contrario, y sin eximir de aportar al expediente los elementos probatorios disponibles. La disposición transitoria establece que estas modificaciones solo se aplicarán a los procedimientos disciplinarios iniciados después de la entrada en vigor.

Indemnizaciones por daños sufridos durante el servicio y protección del personal laboral

La nueva redacción obliga a la Administración a resarcir económicamente a los funcionarios penitenciarios cuando sufran daños personales o materiales en acto de servicio o con ocasión de este, siempre que no haya existido dolo, culpa o negligencia grave por su parte. La aplicación de esta garantía queda sujeta a los términos que se establezcan reglamentariamente.

La reforma incluye otras previsiones de protección. Si un funcionario penitenciario se ve sometido a un procedimiento penal y es detenido, deberá garantizarse su separación del resto de las personas detenidas. La separación también está prevista respecto de otros internos si ingresa en prisión y durante los traslados bajo custodia, con la finalidad de proteger su integridad física.

Por su parte, el personal laboral de la Administración Penitenciaria tendrá la misma protección penal que el personal funcionario durante el ejercicio de sus funciones, además de quedar comprendido en las previsiones relativas al resarcimiento de daños y a las medidas de separación. La ley distingue así entre el reconocimiento de la condición de agente de la autoridad a los funcionarios y la extensión de determinadas garantías al personal laboral.

ACAIP-UGT reclama reforzar las plantillas de Málaga I, Archidona y el CIS

Para ACAIP-UGT, la aprobación de la norma no resuelve por sí sola los problemas de seguridad que denuncia en los centros malagueños. El sindicato reclama cubrir las vacantes, actualizar y ampliar las relaciones de puestos de trabajo (RPT) y reforzar las plantillas y los recursos materiales disponibles en Málaga I, Málaga II y el CIS.

En el comunicado, la organización sostiene que la creciente complejidad de la población penitenciaria y unas RPT que considera desfasadas dificultan la prevención de los conflictos y la respuesta de los trabajadores. Se trata de una valoración y unas demandas trasladadas por el sindicato; la nota no aporta cifras concretas de vacantes ni un balance estadístico de agresiones en los centros de Málaga.

Entre sus exigencias figura la aprobación de un protocolo eficaz frente a las agresiones que incluya no solo los ataques físicos, sino también las agresiones sexuales, las amenazas y la atención a los profesionales afectados. Asimismo, reclama mejorar la asistencia sanitaria y psiquiátrica en prisión, al entender que sus carencias también repercuten sobre la seguridad y la convivencia dentro de los establecimientos.

Una reivindicación sindical que se remonta a 2006

ACAIP-UGT recuerda que el reconocimiento como agentes de la autoridad figura entre sus reivindicaciones desde hace dos décadas. Según la cronología difundida por la propia organización, ACAIP ya lo solicitó en 2006 y lo incorporó a su programa electoral de 2015. Desde entonces, afirma haber mantenido contactos con representantes del PSOE, PP, Vox y Sumar para trasladar sus planteamientos sobre la protección jurídica de los trabajadores penitenciarios.

El sindicato también señala que el 26 de septiembre solicitó al presidente del Senado una tramitación urgente para evitar nuevos retrasos. Con la publicación de la Ley Orgánica 4/2026, la reivindicación se plasma finalmente en una modificación de la legislación penitenciaria estatal.

La organización ha expresado su reconocimiento a las plantillas de Málaga I, Málaga II (Archidona) y el CIS de Málaga, así como su apoyo a quienes han sufrido agresiones en el desempeño de sus funciones. Su mensaje final resume la diferencia que establece entre el avance legislativo y las medidas pendientes sobre el terreno: «Ser agredido no forma parte de nuestro trabajo».

La entrada en vigor será el jueves 15 de octubre de 2026, según dispone expresamente la propia ley. El texto íntegro puede consultarse en el Boletín Oficial del Estado, referencia BOE-A-2026-21317.

Fuentes: nota de prensa de ACAIP-UGT Málaga, de 14 de octubre de 2026, y Ley Orgánica 4/2026 publicada en el BOE.