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El Caso, noticias nacionales de sucesos con origen en Málaga

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Málaga

La Fiscalía rebaja a 23 meses la petición de prisión para el alcalde de Estepona por presunta malversación

La Fiscalía pide un año y once meses de cárcel y cinco años y once meses de inhabilitación para José María García Urbano por la contratación investigada de una mujer en el Ayuntamiento de Estepona. La defensa niega el delito.

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La Fiscalía de Málaga ha rebajado de cinco años y medio a un año y once meses de prisión la pena que solicita para el alcalde de Estepona, José María García Urbano (PP), en la causa por la contratación de una mujer como personal eventual del Ayuntamiento en 2023. El Ministerio Público mantiene una acusación por presuntos delitos de prevaricación y malversación de caudales públicos y reclama, además, cinco años y once meses de inhabilitación para empleo o cargo público. El nuevo escrito de acusación, conocido el miércoles 21 de octubre de 2026, solicita que el procedimiento avance hacia el juicio oral.

La investigación gira en torno a la contratación de una mujer con la que, según la Fiscalía, el regidor mantenía una relación sentimental y que habría cobrado dos nóminas sin realizar trabajo efectivo para el Consistorio. García Urbano niega que existiera delito: su defensa sostiene que sí se prestaron servicios, cuestiona las acusaciones y ha anunciado un recurso contra la continuación de las actuaciones. La petición fiscal no constituye una sentencia y el alcalde conserva su presunción de inocencia.

Una petición de pena muy inferior a la inicial

La nueva calificación del Ministerio Fiscal sitúa la petición de prisión en 23 meses, frente a los cinco años y seis meses que reclamaba anteriormente. También solicita una inhabilitación de cinco años y once meses. La Fiscalía atribuye al alcalde, de manera provisional y a efectos de acusación, un delito de prevaricación cometido por autoridad en concurso medial con otro de malversación.

El cambio de pena llega después de la devolución al Ayuntamiento de las cantidades vinculadas a la contratación investigada. La reparación del perjuicio económico puede tener relevancia en la determinación de la pena, pero la devolución del dinero no significa por sí misma que los hechos estén judicialmente acreditados ni que el procedimiento haya concluido.

Este segundo escrito de acusación se ha presentado también por una cuestión procesal: la causa, que inicialmente se dirigía hacia un juicio por jurado, deberá tramitarse por el procedimiento abreviado tras una resolución de la Audiencia Provincial de Málaga.

La contratación investigada: febrero y marzo de 2023

Según el relato provisional de la Fiscalía difundido por Europa Press y EFE, la contratación de la mujer se realizó mediante un decreto de Alcaldía del 13 de febrero de 2023, para ocupar una plaza de personal eventual o de confianza del Ayuntamiento de Estepona. Su cese fue efectivo el 31 de marzo de ese mismo año.

El Ministerio Público sostiene que el nombramiento se habría acordado con conocimiento de que la contratada no iba a desarrollar actividad laboral alguna. Durante ese periodo, siempre según la acusación, percibió dos nóminas: una de 1.634,64 euros correspondiente a febrero y otra de 3.642,28 euros correspondiente a marzo, que suman 5.276,92 euros.

La acusación entiende que se produjo un pago con cargo a fondos municipales sin una contraprestación efectiva, con el consiguiente perjuicio para las arcas públicas. Esa es la tesis del escrito fiscal, rechazada por los abogados del alcalde, que sostienen que la contratación respondía a tareas reales y que existen declaraciones e informes que respaldan su versión.

El alcalde reintegró las nóminas y las cotizaciones a la Seguridad Social

El nuevo escrito fiscal recoge dos ingresos efectuados en la Tesorería Municipal una vez iniciada la causa. El primero se produjo el 26 de noviembre de 2025, por importe de 5.276,92 euros, correspondientes al dinero neto abonado a la mujer en concepto de nóminas.

Posteriormente, el 29 de junio de 2026, García Urbano ingresó otros 2.589,97 euros para cubrir los gastos de cotización a la Seguridad Social derivados de esa relación contractual. De este modo, conforme a las cantidades reflejadas en las informaciones sobre el escrito de acusación, se habrían reintegrado las nóminas y los costes sociales asociados al nombramiento.

Este reintegro es uno de los elementos relevantes para comprender por qué la nueva solicitud del Ministerio Público es sensiblemente inferior a la anterior, aunque la Fiscalía mantiene su acusación por los presuntos delitos investigados.

La mujer investigada afronta una petición de cuatro años y medio de cárcel

La Fiscalía también dirige su acusación contra la mujer contratada, a la que considera cooperadora necesaria en los presuntos delitos. En su caso solicita cuatro años y seis meses de prisión, una petición superior a los tres años y medio que planteaba con anterioridad, además de inhabilitación.

La diferencia entre las penas solicitadas para ambos acusados responde a la calificación y a las circunstancias que el Ministerio Público atribuye a cada uno de ellos. Como ocurre con el alcalde, se trata de peticiones provisionales sujetas a la valoración judicial y no de condenas.

El PSOE mantiene una acusación más severa

La acusación ejercida por el PSOE ha presentado una solicitud más elevada que la Fiscalía. Para García Urbano reclama cinco años y medio de prisión y diez años de inhabilitación por los presuntos delitos de prevaricación y malversación. La petición supera la que ese partido había formulado en su anterior escrito.

La divergencia entre el Ministerio Público y la acusación del PSOE afecta a las penas solicitadas, no a la necesidad de que un tribunal determine previamente, mediante las correspondientes garantías procesales, si los hechos se cometieron y si existe responsabilidad penal.

Por qué la causa dejó de tramitarse ante un jurado

El procedimiento tuvo un cambio relevante durante la primavera de 2026. La Audiencia Provincial de Málaga estimó parcialmente un recurso de la defensa y dejó sin efecto la decisión de continuar la causa por los trámites del Tribunal del Jurado. En su lugar, ordenó adecuarla al procedimiento abreviado.

El juzgado tuvo que dictar una nueva resolución de continuación del procedimiento y dar traslado de las actuaciones a la Fiscalía y a las demás acusaciones, para que se pronunciaran sobre la apertura de juicio oral o solicitaran el archivo. De ahí que se hayan presentado nuevas calificaciones, aunque el núcleo de los hechos investigados se remonta a la contratación municipal de 2023.

La solicitud de apertura de juicio oral no equivale a que ya exista una condena, ni permite dar por fijada una fecha de juicio. Esa decisión corresponde al órgano judicial competente, que deberá resolver los trámites y recursos pendientes.

La defensa niega las irregularidades y anuncia un recurso

La representación legal de José María García Urbano ha mostrado su desacuerdo con la continuación de la causa y sostiene que no existen indicios delictivos que justifiquen llevar el asunto a juicio. Sus abogados afirman que los informes del departamento municipal de Recursos Humanos y distintos testimonios permiten acreditar tanto las funciones asignadas al puesto como la presencia y la prestación de servicios de la trabajadora.

Asimismo, la defensa cuestiona el origen de las manifestaciones que dieron lugar a la investigación y relaciona el procedimiento con lo que considera una campaña de desgaste político y personal contra el alcalde. Se trata de alegaciones de su representación legal, no de conclusiones judiciales sobre la causa actual.

Los letrados han anunciado su intención de recurrir y mantienen que la contratación se desarrolló sin comisión de delito alguno. Las acusaciones sostienen la posición contraria, por lo que el esclarecimiento de los hechos y la valoración de las pruebas siguen pendientes de la correspondiente resolución judicial.

Situación judicial a 22 de octubre de 2026

La novedad conocida esta semana es, por tanto, la nueva petición de pena de la Fiscalía y su solicitud para avanzar hacia el juicio oral. El procedimiento no está resuelto mediante sentencia y no consta en las informaciones consultadas una fecha fijada para la vista. El alcalde continúa defendiendo la legalidad de la contratación investigada.

En términos judiciales, conviene distinguir tres cuestiones: los hechos que la Fiscalía atribuye provisionalmente a los investigados, las penas que solicitan las distintas acusaciones y la decisión que adopte el tribunal tras examinar las pruebas. Hasta ese momento, ni la imputación ni las solicitudes de prisión e inhabilitación deben presentarse como una condena.