El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha confirmado una condena de tres años de prisión por una agresión con un vaso de cristal a las puertas de una taberna de Fuengirola. La víctima sufrió varias heridas, necesitó 16 puntos de sutura y arrastra una cicatriz en la frente y estrés postraumático. La resolución mantiene además una indemnización de 44.822 euros y una prohibición de aproximación y comunicación durante seis años.
Una agresión en la plaza de los Reyes Católicos
Los hechos ocurrieron el 17 de septiembre de 2022, en la plaza de los Reyes Católicos, cuando la zona estaba concurrida por la celebración de la feria del caballo. La acusada y la víctima habían coincidido en las inmediaciones de un establecimiento.
El relato judicial sitúa el origen del enfrentamiento en la relación previa entre las personas implicadas: la mujer agredida se encontraba con quien entonces era su pareja y que anteriormente había mantenido una relación con la acusada. Durante un tiempo se produjeron actitudes y gestos de la condenada y de una amiga que generaron malestar en la víctima. La tensión desembocó en una discusión verbal a las puertas de la taberna.
En ese momento, la acusada estrelló un vaso de cristal contra el rostro de la otra mujer. La Audiencia Provincial consideró probada la agresión y el TSJA ha rechazado las alegaciones del recurso que pretendían cuestionar la condena.
Dieciséis puntos y 142 días de curación
La víctima sufrió una herida inciso-contusa en la frente de entre cuatro y cinco centímetros, además de un hematoma en la nariz, una herida en el codo derecho, erosiones en ambas piernas y dolor de espalda.
La lesión frontal requirió tratamiento quirúrgico y 16 puntos de sutura. El periodo de curación quedó fijado en 142 días, durante los cuales la perjudicada estuvo impedida para desarrollar sus ocupaciones habituales. Entre las secuelas reconocidas judicialmente figuran una cicatriz frontal en zigzag, con perjuicio estético de grado medio, y estrés postraumático.
La gravedad de las consecuencias físicas y psicológicas forma parte esencial del pronunciamiento penal y de la responsabilidad civil impuesta a la condenada.
Indemnización y prohibición de acercamiento
La Audiencia Provincial de Málaga impuso tres años de prisión por un delito de lesiones. También acordó que la condenada no pudiera acercarse a menos de 500 metros de la víctima ni comunicarse con ella por ningún medio durante seis años. La resolución incluye la inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante tres años.
Antes del juicio, la acusada había consignado 26.000 euros para reparar parcialmente el perjuicio causado. Ese pago fue tenido en cuenta como atenuante de reparación parcial del daño, pero no eliminó la condena ni la indemnización total fijada en 44.822 euros.
El TSJA descarta que el contexto altere los hechos probados
La defensa recurrió la sentencia de la Audiencia Provincial. El tribunal andaluz examinó sus argumentos y desestimó la apelación. Aunque señaló que el relato de los hechos podría haber ofrecido una descripción más extensa del contexto previo, consideró que esa cuestión no cambiaba la conclusión sobre la agresión.
La resolución conocida confirma, por tanto, tanto la pena de prisión como las medidas de protección de la víctima y las responsabilidades económicas. No se ha difundido información que permita afirmar si se ha iniciado ya el cumplimiento efectivo de la pena o si se ha interpuesto otro recurso.
Fuente: TSJA