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El Caso, noticias nacionales de sucesos con origen en Málaga

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Málaga

Dos años de prisión por atropellar a un hombre y hacerlo caer por un terraplén en Almáchar

La Audiencia de Málaga condena a un hombre que atropelló deliberadamente a otro en Almáchar, provocándole fracturas y secuelas.

Portada editorial EL CASO MÁLAGA sobre la condena por atropello en Almáchar. Composición gráfica.
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La Audiencia Provincial de Málaga ha condenado a dos años de prisión a un hombre por atropellar de manera intencionada a otro en un camino del término municipal de Almáchar, en la Axarquía. La víctima cayó por un terraplén y sufrió lesiones que requirieron tratamiento médico y rehabilitación. La sentencia, cuya existencia ha sido difundida el 31 de octubre de 2026, es firme al haberse alcanzado un acuerdo entre las partes.

Lo que ocurrió en diciembre de 2020

Los hechos se remontan a un día de diciembre de 2020. La víctima caminaba por un carril situado cerca del río de Almáchar cuando el acusado, según los hechos declarados probados, lo alcanzó con un turismo con intención de causarle lesiones. El golpe lo precipitó hacia un talud junto al camino. Después del atropello, el conductor abandonó el lugar sin detenerse. No hay información contrastada que permita reconstruir una discusión previa o el motivo personal del ataque.

Fracturas y secuelas tras la caída

El perjudicado sufrió distintas fracturas, incluidas lesiones en la zona costal, y necesitó asistencia traumatológica, medicación y rehabilitación. La resolución también hace referencia a secuelas derivadas del atropello. El coche pertenecía a una sobrina del acusado, que fue absuelta. La aseguradora intervino en las cantidades consignadas en el procedimiento.

Dos años de prisión y una orden de alejamiento

El condenado deberá cumplir dos años de prisión por un delito de lesiones, además de mantenerse a una distancia mínima de 500 metros de la víctima y no comunicarse con ella durante tres años. También se le impuso una indemnización de 29.358 euros. Según la información judicial publicada, la sentencia fija un importe pendiente de 21.558 euros y establece condiciones para su abono.

La suspensión de la pena no anula la condena

El tribunal acordó la suspensión de la ejecución de la pena de cárcel siempre que el condenado no cometa nuevos delitos y satisfaga la indemnización pendiente en el plazo señalado, de un año. La suspensión significa que la entrada efectiva en prisión está sujeta al cumplimiento de condiciones: no equivale a una absolución ni borra la responsabilidad penal. La firmeza deriva del acuerdo procesal por el que se alcanzó la sentencia.

Un caso judicial hecho público años después

La noticia se conoce casi seis años después del atropello. La información consultada no detalla el motivo del comportamiento del condenado ni acredita una relación concreta previa entre ambas personas. Tampoco permite actualizar el estado de salud actual del perjudicado más allá de las lesiones y secuelas recogidas en la sentencia.