Una causa judicial tramitada en Málaga contra una treintena de personas acusadas de participar en el traslado de más de 150 kilos de hachís ha quedado archivada por prescripción. La Fiscalía había solicitado inicialmente penas de cuatro años de prisión para los investigados, a los que atribuía la participación en una presunta trama dedicada a enviar cargamentos de droga ocultos en dobles fondos de vehículos.
El desenlace, conocido este martes 3 de noviembre, implica que el procedimiento penal no acabará con las condenas que llegó a reclamar el Ministerio Fiscal. El archivo no supone que un tribunal haya declarado probados los hechos investigados ni que haya resuelto, tras un juicio, la culpabilidad de los acusados: la cuestión determinante ha sido el transcurso del plazo legal de prescripción.
Más de 150 kilos de hachís y vehículos preparados para ocultar alijos
Según la información adelantada por Diario SUR, la investigación situaba en Málaga el punto de partida de una actividad de transporte de hachís. A los acusados se les atribuía una supuesta organización de envíos de droga mediante vehículos que contaban con compartimentos ocultos, conocidos como dobles fondos.
Este método consiste en aprovechar espacios modificados o disimulados en la estructura de un vehículo para esconder mercancía a simple vista. Su relevancia en la causa estaba ligada al supuesto traslado de más de 150 kilos de hachís, cantidad que figuraba en la acusación. Esa descripción responde a la hipótesis que sostenía el procedimiento judicial, no a hechos declarados probados mediante una sentencia condenatoria.
El Ministerio Fiscal había llegado a plantear penas de cuatro años de prisión para los implicados. La petición de una pena, sin embargo, no equivale a una condena: debe ser examinada en un proceso penal con todas las garantías, algo que en este caso se ve impedido por el desenlace procesal conocido ahora.
Por qué la prescripción pone fin a una causa penal
La prescripción es una figura prevista en el Código Penal español. Su aplicación depende, entre otros factores, de la gravedad de los delitos investigados, los plazos establecidos para perseguirlos y las actuaciones procesales que pueden interrumpir el cómputo del tiempo.
Los artículos 130, 131 y 132 del Código Penal regulan la extinción de la responsabilidad criminal por prescripción, los plazos correspondientes y cómo se computan o interrumpen. En términos prácticos, cuando el órgano judicial aprecia que la infracción ha prescrito, la causa no puede continuar hasta una condena por los hechos afectados por esa decisión.
En la información difundida sobre este procedimiento no se detalla el calendario íntegro de las diligencias ni qué actuación concreta determinó el cómputo final del plazo. Por ello, no es posible atribuir el archivo a una decisión particular de un juzgado, a un retraso concreto o a una actuación de alguna de las partes sin conocer la resolución completa.
Un procedimiento que termina sin una sentencia sobre los hechos
El resultado deja sin recorrido penal una investigación que había reunido a aproximadamente treinta acusados y que contemplaba un importante volumen de estupefacientes. La noticia tiene una doble dimensión: por un lado, el alcance de la acusación por supuesto tráfico de hachís; por otro, la consecuencia procesal de que la causa haya prescrito antes de que pudiera resolverse mediante un pronunciamiento de culpabilidad.
El archivo por prescripción no debe presentarse como una absolución después de valorar las pruebas del supuesto tráfico de drogas. Se trata de un cierre por motivos legales relacionados con el tiempo transcurrido. En consecuencia, se mantiene el principio de presunción de inocencia respecto de las personas investigadas.
Fuentes: Diario Sur Código Penal, artículos 130 a 132 (BOE).