BENALMÁDENA. El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha confirmado la condena de dos años de prisión impuesta a un joven por una agresión sexual cometida contra una amiga de 15 años en una vivienda de Benalmádena. La resolución del alto tribunal andaluz desestima el recurso presentado por la defensa y mantiene la sentencia dictada previamente por la Sección Novena de la Audiencia Provincial de Málaga.
Los hechos se remontan a 2022 y ocurrieron durante una reunión de un grupo de jóvenes en una casa del municipio. La víctima tenía 15 años y el acusado acababa de cumplir 18. La sentencia considera acreditado que, cuando varios de los jóvenes se disponían a dormir en el salón de la vivienda, el acusado realizó tocamientos de carácter sexual a la menor sin su consentimiento.
La Audiencia de Málaga dio por probados los hechos
La resolución de instancia declaró probado que la víctima y el acusado se encontraban con otros jóvenes en una vivienda de Benalmádena. Después de cenar, parte del grupo se dispuso a descansar en el sofá.
En ese contexto se produjo la agresión sexual que posteriormente fue objeto del procedimiento judicial. La sentencia recoge que la menor había consumido una cantidad importante de alcohol y que quedó paralizada ante una situación que le resultó inesperada, hasta que consiguió levantarse y abandonar la estancia.
La Audiencia Provincial consideró acreditado que no existió consentimiento y condenó al acusado por un delito de agresión sexual a menor de 16 años.
Dos años de prisión y cinco de libertad vigilada
La pena impuesta fue de dos años de cárcel. El tribunal aplicó una circunstancia atenuante relacionada con la intoxicación etílica parcial del acusado, al considerar probado que también había consumido una elevada cantidad de alcohol aquella noche y que esa circunstancia afectaba a sus facultades.
La condena no se limita a la pena privativa de libertad. La sentencia también establece cinco años de libertad vigilada y una prohibición de acercamiento y comunicación respecto de la víctima.
El condenado deberá además abonar una indemnización de 19.952,93 euros por las consecuencias derivadas de los hechos.
La víctima necesitó atención en salud mental
Uno de los elementos valorados durante el procedimiento fueron las consecuencias que la agresión tuvo para la menor.
La resolución señala que, a raíz de lo sucedido, la víctima necesitó tratamiento médico especializado en una unidad de salud mental y que quedaron secuelas vinculadas al episodio.
Este daño fue tenido en cuenta a la hora de fijar la responsabilidad civil que debe afrontar el condenado.
La defensa recurrió ante el TSJA
Tras la sentencia de la Audiencia Provincial de Málaga, la defensa interpuso recurso ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía.
El TSJA ha rechazado ahora los argumentos planteados y considera que durante el procedimiento existió prueba de cargo suficiente para destruir la presunción de inocencia del acusado.
El tribunal tampoco aprecia vulneraciones de derechos que justifiquen revocar el fallo de la Audiencia.
La consecuencia es que se mantiene la condena de dos años de prisión y el resto de medidas impuestas.
Una sentencia que confirma el fallo de la Audiencia de Málaga
La resolución del TSJA no supone la apertura de un procedimiento nuevo, sino la revisión de la sentencia dictada previamente por la Audiencia Provincial.
Al desestimarse el recurso de apelación, el pronunciamiento de la Sección Novena queda confirmado en los términos recogidos por el tribunal andaluz.
El caso se enmarca dentro de los procedimientos relacionados con delitos contra la libertad sexual cometidos sobre menores, una materia en la que los tribunales valoran especialmente tanto el consentimiento como las circunstancias concretas de vulnerabilidad y la prueba practicada durante el juicio.
La protección de la identidad de la víctima
El Caso Málaga no publica ningún dato que permita identificar a la menor afectada.
La protección de las víctimas menores de edad exige evitar nombres, imágenes, centros educativos, domicilios u otros elementos que puedan facilitar su identificación directa o indirecta.
Por ese motivo, la información se limita a los hechos de relevancia pública recogidos en las resoluciones judiciales y en las fuentes periodísticas consultadas.
Situación judicial
Con la resolución conocida ahora, el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía mantiene la pena de dos años de prisión, los cinco años de libertad vigilada, las prohibiciones de acercamiento y comunicación y la indemnización cercana a los 20.000 euros.
La sentencia del TSJA resuelve el recurso de apelación presentado contra el fallo de la Audiencia Provincial de Málaga.