La Audiencia Provincial de Málaga ha absuelto del delito de homicidio en grado de tentativa a un hombre que apuñaló siete veces a su madre en diciembre de 2024. La sentencia, conocida este 5 de noviembre, considera que en el momento de la agresión tenía completamente anuladas sus capacidades intelectivas. Aunque no se le impone una pena de prisión por esos hechos, el tribunal establece una medida de seguridad de cinco años de libertad vigilada y seguimiento médico.
La intervención de la madre ante una bombona de butano
Los hechos se remontan a una noche de diciembre de 2024, alrededor de las nueve. Madre e hijo convivían en una vivienda de Málaga. Al escuchar un ruido, la mujer acudió a la cocina y encontró a su hijo junto a una bombona de butano con un mechero. Trató de impedir que prendiera fuego y le arrebató el encendedor.
Fue entonces cuando el hombre cogió un cuchillo y la atacó. Primero le causó una herida en la zona del ojo izquierdo. La madre intentó sujetarlo, pero recibió otras seis puñaladas en la espalda. Sobrevivió, aunque las lesiones fueron graves y necesitaron atención hospitalaria y una intervención quirúrgica.
Lesiones que pusieron en peligro su vida
La resolución judicial, recogida por Málaga Hoy, detalla seis heridas en la parte posterior del tórax, lesiones en ambos pulmones, derrame pleural y una fractura de costilla, además de la herida en el párpado. Los médicos advirtieron de que, sin tratamiento, las complicaciones podían haber resultado mortales.
La mujer permaneció hospitalizada cinco días. Su recuperación requirió después un periodo prolongado de limitaciones y le quedaron secuelas, incluido un perjuicio estético moderado. La sentencia también recoge que la víctima renunció a reclamar una indemnización.
Por qué el tribunal acuerda la absolución
La cuestión decisiva del proceso no ha sido la existencia de la agresión, que figura entre los hechos probados, sino la responsabilidad penal del acusado en el momento de cometerla. La Audiencia concluye que atravesaba una descompensación grave de una patología psiquiátrica, acompañada de síntomas que anularon sus capacidades intelectivas. Tras aquel episodio llegó a necesitar un ingreso urgente e involuntario en una unidad hospitalaria de agudos.
Por ese motivo, los magistrados aplican la eximente completa de anomalía o alteración psíquica contemplada en el artículo 20.1 del Código Penal. La resolución también aprecia la circunstancia de parentesco, al tratarse de una agresión contra su madre. La eximente completa impide imponer una condena penal por el intento de homicidio, pero no excluye la adopción de medidas de seguridad previstas en la ley.
Cinco años de libertad vigilada
El tribunal establece una medida de libertad vigilada durante cinco años, que incluye la obligación de someterse al seguimiento médico adecuado. La decisión se adoptó de conformidad entre las partes, después de que el acusado y su defensa aceptaran la calificación definitiva del Ministerio Fiscal y de la acusación particular. Según la información publicada el 5 de noviembre, la sentencia ya es firme.
La diferencia entre absolución y ausencia de consecuencias resulta esencial en este caso: la Audiencia no niega la gravedad de las lesiones ni los hechos declarados probados, sino que aplica el régimen jurídico correspondiente a una persona cuya capacidad de comprender o actuar estaba anulada en el momento del ataque.
Fuente: Málaga Hoy, información publicada el 5 de noviembre de 2026.