La Audiencia Provincial de Málaga tiene previsto comenzar este lunes, 9 de noviembre, el juicio contra 48 personas acusadas de participar en una supuesta red de tráfico de hachís vinculada a la provincia. La Fiscalía solicita penas de entre nueve años y 18 años y medio de prisión. La vista está señalada en la Sección Segunda, con sesiones durante noviembre y parte de diciembre,
Barcos y vehículos preparados para ocultar droga
El escrito fiscal, al que ha accedido la agencia, atribuye al grupo la utilización de cuatro embarcaciones de recreo y cinco semirrígidas para introducir hachís desde Marruecos. También describe coches con dobles fondos y dos procesados presuntamente encargados de fabricarlos.
La investigación del EDOA de la Guardia Civil de Málaga sitúa a dos hombres al frente de la estructura, uno declarado en rebeldía, y a otros dos en tareas de coordinación logística. La acusación contempla tráfico de drogas, contrabando y tenencia ilícita de armas. Ese relato corresponde a las conclusiones provisionales del Ministerio Público y deberá ser examinado en el juicio.
Qué significa que las conclusiones sean provisionales
La petición de cárcel expresa la posición con la que la Fiscalía llega a la vista. Su carácter provisional tiene una consecuencia concreta: puede cambiar después de la práctica de las pruebas. El artículo 732 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal permite a las partes modificar las conclusiones de sus escritos de calificación una vez practicadas las diligencias de prueba.
La decisión sobre los hechos y las responsabilidades corresponde al tribunal. El artículo 741 de la misma ley establece que la sentencia debe valorar las pruebas practicadas en el juicio, los argumentos de la acusación y de la defensa y las manifestaciones de los procesados. Por eso, las penas solicitadas no anticipan el resultado del procedimiento.
Los acusados conservan el derecho a defenderse, contar con asistencia letrada, conocer la acusación y utilizar los medios de prueba pertinentes. También tienen derecho a no declarar contra sí mismos y a la presunción de inocencia, garantías recogidas en el artículo 24 de la Constitución.