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El Caso, noticias nacionales de sucesos con origen en Málaga

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Málaga

Condenado el dueño de un bar de Málaga por abusar de una menor en un ascensor

La Audiencia de Málaga condena a un año y nueve meses de prisión al dueño de un bar por abusar de una menor a la que acorraló en un ascensor.

Portada de El Caso Málaga sobre la condena al dueño de un bar por abusar de una menor
Composición gráfica de El Caso Málaga sobre una sentencia por abusos a una menor.
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La Audiencia Provincial de Málaga ha condenado a un año y nueve meses de prisión al dueño de un bar por un delito continuado de abuso sexual a una menor de 16 años. La sentencia considera probado que el hombre hizo insinuaciones sexuales a la adolescente y la acorraló en un ascensor, donde trató de besarla y realizó tocamientos por encima de la ropa.

La víctima tenía entre 14 y 15 años cuando se produjeron los episodios, situados por el tribunal entre finales de 2023 y febrero de 2024. Conocía desde hacía tiempo al acusado porque regentaba un establecimiento del bloque en el que vivía junto a su madre.

La menor conocía al acusado por el bar del edificio

La madre y la hija acudían habitualmente a comer al local y el responsable del negocio había entablado amistad con la progenitora. Según los hechos probados, esa relación cambió cuando el hostelero comenzó a dirigir comentarios e insinuaciones de contenido sexual hacia la adolescente.

Uno de los episodios se produjo después de que el acusado visitara a la madre de la menor, que se encontraba enferma. Al salir de la vivienda, ambos entraron en el ascensor. Allí, según la resolución, el hombre rodeó a la adolescente con un brazo, la situó contra una esquina e intentó besarla.

Las cámaras del ascensor registraron la escena

La menor giró la cara para evitar el beso. A continuación, el acusado le realizó tocamientos. La escena quedó grabada por las cámaras de seguridad del ascensor, una prueba que el tribunal examinó junto con el testimonio de la víctima y el resto de elementos incorporados al procedimiento.

El procesado admitió el acercamiento, aunque sostuvo que se trataba de una broma. La Sala rechazó esa explicación y consideró acreditado el carácter sexual de la conducta. La sentencia recoge también otro episodio en el que el hombre tocó los glúteos de la menor al acompañarlo hasta la puerta.

La víctima contó lo ocurrido a una amiga

La adolescente relató a una amiga mediante Instagram los tocamientos que había sufrido. Esa conversación fue ratificada durante el juicio. La amiga le recomendó que se lo contara a su madre.

Tras los hechos, la menor presentó síntomas de ansiedad, fobias, problemas para dormir y sentimientos de inseguridad. También decidió cambiar de centro educativo, donde estudiaba el hijo del acusado, e intentaba evitar los ascensores.

Los profesionales de psicología forense que la evaluaron describieron afectación emocional compatible con el relato. La Audiencia otorgó credibilidad a su testimonio, respaldado además por las imágenes de seguridad y la conversación mantenida con su amiga.

Un año y nueve meses de prisión

El tribunal impone al condenado un año y nueve meses de cárcel y una indemnización de 6.000 euros. Además, no podrá acercarse a la víctima, a su domicilio, a su centro escolar ni a otros lugares que frecuente a menos de 100 metros durante cinco años.

Durante ese mismo periodo tiene prohibido comunicarse con ella por cualquier medio. La resolución añade tres años y nueve meses de inhabilitación para actividades que impliquen contacto regular y directo con menores, además de un año de libertad vigilada.

La pena es inferior a las peticiones de las acusaciones. La Fiscalía reclamaba ocho años de prisión y la acusación particular solicitaba diez, mientras que la defensa pidió la absolución. La Sala descarta la existencia de violencia o intimidación en los términos planteados por las acusaciones y valora que el condenado carecía de antecedentes penales.

La sentencia todavía no es firme

La resolución no es firme y puede ser recurrida. Esa circunstancia debe tenerse en cuenta al informar sobre el procedimiento: la condena ha sido dictada por la Audiencia Provincial, pero todavía puede ser revisada por una instancia superior.

La identidad de la víctima se mantiene protegida. El Caso Málaga omite cualquier dato que permita identificarla directa o indirectamente.

Fuentes

Información elaborada a partir de la sentencia reseñada por Málaga Hoy.