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La Policía Nacional cuenta desde pasado año con Policías especializados en Seguridad y Protección Aérea en Málaga. Una de las principales misiones de estos agentes está relacionada con el auge en el uso de los drones en diferentes ámbitos, entre ellos el lúdico o recreativo. Estos agentes se encargan de comprobar que los vuelos, tanto profesionales como recreativos, se desarrollan cumpliendo con la normativa aeronáutica. De igual manera, tratan de detectar aquellos vuelos que incumplen la legalidad y que pueden suponer un peligro para la seguridad. Para ello, estos agentes cuentan con sistemas denominados Contra-UAS (C-UAS) compuestos por un dispositivo de detección capaz de revelar el vuelo de un dron en un radio de unos cinco kilómetros y un dispositivo de neutralización que anula, si fuera necesario, las señales de radiofrecuencia que recibe el dron.

Detectados vuelos lúdicos que no cumplen la normativa aeronáutica

A pesar de los esfuerzos de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea y diferentes instituciones en dar a conocer la normativa sobre el uso de drones de una forma sencilla y accesible, así como fomentar la necesidad de realizar los vuelos con seguridad, los agentes siguen detectando vuelos, normalmente lúdicos, que incumplen la normativa aeronáutica poniendo en peligro la seguridad del resto de aeronaves tripuladas que hacen uso del espacio aéreo, así como a las personas y los bienes.

Nueva Normativa Europea UAS

La entrada en vigor de la nueva normativa europea de UAS (Sistema Aéreo no Tripulado),a finales del pasado año, afecta a todos los drones independientemente de su uso -recreativo o profesional, así como tamaño/peso-, y obliga al cumplimiento de una serie de requisitos mínimos a realizar antes de volar cualquier dron.

Esta norma, establece como novedad que los vuelos de este tipo de aeronaves se realizarán en base a tres categorías, operacionales basadas en el riesgo de la operación: ‘abierta’, ‘específica’ y ‘certificada’, sujetas cada una de ellas a diferentes limitaciones condicionadas entre otros, el peso del dron, la presencia de personas y la cercanía a edificios.

Por otra parte, todos los usuarios que pretendan volar un dron tienen la obligación de registrarse como “operadores” en la sede electrónica de AESA (Agencia Estatal de Seguridad Aérea) y obtener el número de operador según la normativa europea. Además, este número personal debe colocarse en cada uno de los vehículos aéreos que el operador posea, de forma visible.

De igual manera, a los operadores se les exige tener un mínimo de formación acreditable en función de la categoría en la que se pretenda volar, para ello deben estar formados y realizar un examen de conocimientos. En el caso de querer acceder a la categoría abierta –una de las más usadas en el ámbito el lúdico- se hace a través de la web de AESA -aparatado de formación de pilotos UAS -, de forma telemática y gratuita. Una vez superado el examen online, la Agencia Estatal expide un certificado acreditativo.

Otro de los aspectos más importantes a tener en cuenta es lo que se ha denominado “Zonas Geográficas de UAS” (en las que se pueden permitir, restringir o excluir operaciones con UAS por motivos de seguridad pública, protección de infraestructuras y otros usuarios del espacio aéreo, protección de la privacidad y del medio ambiente). Actualmente las limitaciones por motivos de espacio aéreo se pueden consultar en la web https://drones.enaire.es/ .

Una de las zonas restringidas más común es un aeropuerto o aeródromo, no pudiéndose realizar operaciones con drones a menos de 8 kilómetros de estos, salvo que se cumplan una serie de requisitos muy específicos. Aquí reside la dificultad de utilizar los drones en localidades como Málaga o Torremolinos debido a la cercanía del Aeropuerto Pablo Ruiz Picasso, donde solo se pueda volar como hobby en campos de vuelo – que apenas existen de momento en España – y cumpliendo unos requisitos previos.

Un dron no es un juguete

Los especialistas de la Comisaría Provincial de Málaga se encargan de comprobar que los vuelos, tanto profesionales como recreativos, se desarrollan cumpliendo con la normativa aeronáutica. Igualmente, tratan de detectar aquellos vuelos que incumplen la legalidad y que pueden suponer un peligro para la seguridad valiéndose de los sistemas denominados Contra-UAS (C-UAS).

Por todo ello, la Policía Nacional insiste a las personas que quieran utilizar sus vehículos aéreos que, en primer lugar, se informen a través de la web de AESA y de la web DRONES.ENAIRE sobre la normativa y requisitos existentes. También, deben registrarse como operadores de Sistemas Aéreos No Tripulados –UAS- en la Agencia Estatal de Seguridad Aérea, cumplir con los requisitos de formación de pilotos a distancia y operar sus aeronaves según las categorías definidas y las condiciones y limitaciones establecidas en el lugar de vuelo, requisitos que deberán cumplir con el objetivo de garantizar y acreditar que ostentan unas mínimas capacidades y condiciones frente a posibles responsabilidades derivadas de una incorrecta utilización de este tipo de aeronaves. Según la legislación, las sanciones podrían acarrear multas de 60 a 4.500.000 euros dependiendo del tipo de operación.

Por último recuerdan que “un dron no es un juguete”, de ahí la importancia de volar de manera responsable para garantizar la seguridad del espacio aéreo y de la ciudadana.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

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