Saltar al contenido
El Caso, noticias nacionales de sucesos con origen en Málaga

EDICIÓN NACIONALMálaga, origen de la noticia

Málaga

Siete años y un día de cárcel a un psiquiatra por agredir sexualmente a una paciente en Málaga

La Audiencia de Málaga condenó a un psiquiatra por una agresión sexual cometida en 2019. El TSJA confirmó la pena de siete años y un día; una información reciente atribuye su ratificación al Supremo, aún pendiente de verificación oficial.

Portada de El Caso Málaga sobre la condena a un psiquiatra por agresión sexual a una paciente. Composición gráfica con consulta médica y balanza de la justicia.
Comparte esta noticia

La condena de siete años y un día de prisión a un psiquiatra de Málaga por agredir sexualmente a una paciente en su propia consulta vuelve a la actualidad judicial. Una información difundida el 1 de noviembre de 2026 atribuye al Tribunal Supremo la ratificación definitiva de la pena, después de que el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) confirmase en 2023 la sentencia de la Audiencia Provincial. EL CASO MÁLAGA no ha podido consultar aún el texto de esa eventual resolución del Supremo, por lo que la firmeza comunicada por la fuente reciente queda pendiente de contraste oficial.

Lo que sí consta de forma acreditada en la información judicial difundida en noviembre de 2023 es que el médico fue condenado por una agresión sexual cometida el 16 de mayo de 2019 contra una mujer que estaba bajo su tratamiento. La resolución subrayó que el profesional se aprovechó de una relación de confianza y superioridad asistencial cuando la víctima se encontraba en una situación de especial vulnerabilidad.

Una consulta médica que terminó en una agresión sexual

La paciente acudió aquella tarde a la consulta malagueña donde recibía atención por un cuadro de distimia, descrito como una depresión leve. Había depositado su confianza en el psiquiatra, que seguía su evolución junto a otros profesionales. La enfermera que habitualmente asistía al facultativo no se encontraba en su puesto de trabajo el día de los hechos, según el relato declarado probado por el tribunal.

En una visita anterior, la mujer había comentado al médico que sospechaba que podía tener una hernia. Durante la cita del 16 de mayo, el facultativo volvió a interesarse por esa dolencia y le pidió que se tumbara en la camilla para examinarla. Fue entonces cuando, de acuerdo con la sentencia de la Audiencia de Málaga ratificada por el TSJA, realizó actos sexuales no consentidos, con penetración, mientras la paciente protestaba.

El contexto clínico no fue un aspecto accesorio en la valoración judicial. La mujer se había puesto en manos de un especialista para recibir ayuda y seguía sus indicaciones pensando que respondían a su tratamiento. Los magistrados consideraron esa confianza determinante para comprender la posición de vulnerabilidad en la que quedó durante la agresión.

La condena impuesta por la Audiencia de Málaga

La Sección Novena de la Audiencia Provincial condenó al psiquiatra a siete años y un día de prisión por un delito que, con arreglo a la legislación aplicable a los hechos de 2019, se calificó como abuso sexual con penetración y prevalimiento de la posición de superioridad del profesional. En las noticias judiciales de 2023 también se recogía una indemnización de 30.000 euros por daño moral y compensaciones adicionales por los días de perjuicio sufridos por la víctima.

Conviene precisar el marco temporal: el delito se cometió en 2019, la decisión de apelación del TSJA se conoció en noviembre de 2023 y la referencia a una posible decisión definitiva del Supremo corresponde a noviembre de 2026. No se trata, por tanto, de una agresión ocurrida ahora.

El TSJA rechazó los argumentos de la defensa

El facultativo recurrió la sentencia ante la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía. Negó los hechos y solicitó su absolución, alegando, entre otros motivos, que la prueba se había valorado erróneamente, que se había vulnerado la presunción de inocencia y que determinados preceptos penales habían sido aplicados de manera indebida.

Una parte esencial del recurso cuestionaba la fiabilidad de la declaración de la mujer. El tribunal, sin embargo, consideró que su testimonio reunía los criterios exigidos para sostener una condena, entre ellos su coherencia, la persistencia del relato y la ausencia de motivos espurios apreciados por los magistrados. Con ese razonamiento, el TSJA desestimó el recurso y confirmó íntegramente la decisión de la Audiencia Provincial.

La fundamentación judicial tuvo especialmente en cuenta que la víctima no acudió voluntariamente a una situación íntima, sino a una consulta en la que esperaba recibir asistencia médica. Esa diferencia explica por qué la relación terapéutica y la confianza depositada en el profesional adquirieron tanta importancia en la valoración de los hechos.

Las consecuencias para la víctima

La agresión tuvo consecuencias más allá del momento en que ocurrió. Según los hechos recogidos por la sentencia y difundidos por la prensa judicial, la paciente sufrió una crisis de ansiedad y desarrolló un cuadro ansioso-depresivo reactivo a lo sucedido. El seguimiento médico y farmacológico por esas secuelas continuó, al menos, hasta abril de 2021.

La identidad de la víctima se mantiene reservada. Su situación clínica únicamente se menciona en la medida necesaria para explicar el abuso de confianza apreciado por los tribunales, sin aportar datos que permitan identificarla.

La información sobre el Supremo necesita confirmación documental

El 1 de noviembre de 2026 circuló una nueva información que, atribuyéndose a una noticia de Diario SUR, afirma que el Tribunal Supremo ha dejado firme la condena. La fuente secundaria consultada coincide en la cifra de siete años y un día, pero no facilita el texto íntegro de la resolución, su número de sentencia ni la fecha del fallo.

Por ello, a falta de acceso a la resolución oficial, no es posible atribuir aquí al Supremo fundamentos jurídicos concretos ni asegurar que haya confirmado cada una de las medidas accesorias. El antecedente acreditado sigue siendo la confirmación de la condena por el TSJA en noviembre de 2023; la eventual firmeza sobrevenida será objeto de actualización cuando exista documentación suficiente.

Una relación asistencial basada en la confianza

El caso muestra la relevancia que puede adquirir la posición de autoridad de un profesional sanitario en una investigación por violencia sexual. En esta causa concreta, los tribunales de instancia y apelación señalaron que el acusado utilizó el marco de una revisión médica para realizar una agresión que la paciente no había consentido. Esa valoración se refiere a los hechos juzgados y no debe generalizarse al conjunto de profesionales de salud mental.

La resolución conocida de 2023 confirmó una condena penal severa por unos hechos ocurridos años antes en una consulta de Málaga. El último paso procesal comunicado en noviembre de 2026 requiere aún una comprobación documental independiente antes de presentarlo como firme en términos definitivos.

Fuentes consultadas

Resolución del TSJA difundida por Europa Press, 17 de noviembre de 2023; información de Málaga Hoy, 17 de noviembre de 2023; referencia secundaria a la supuesta decisión del Supremo en Malvira, 1 de noviembre de 2026. La última resolución del Tribunal Supremo no ha podido ser examinada directamente.