El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha dado la razón a un agente de la Policía Local de Málaga que había quedado excluido en 2022 del Programa de Productividad por Perfeccionamiento y Actualización de Conocimientos, según ha comunicado el Sindicato Independiente de Policía de Andalucía (SIP-AN). La resolución revoca el criterio seguido inicialmente y reconoce el derecho del funcionario a participar en dicho programa, además de imponer al Ayuntamiento de Málaga una condena en costas con un límite máximo de 1.500 euros.
El caso tiene su origen en 2022, cuando el agente fue excluido del programa de productividad. De acuerdo con la versión trasladada por SIP-AN, el policía reunía los requisitos de antigüedad establecidos en el Acuerdo de Funcionarios para acceder a este complemento, pero el Área de Personal del Ayuntamiento le negó la participación al no reconocerle la antigüedad derivada de los servicios que había prestado anteriormente como funcionario de carrera en otro municipio.
El origen del conflicto: la antigüedad del agente
La controversia se centró, por tanto, en la interpretación de los requisitos de antigüedad para acceder al Programa de Productividad por Perfeccionamiento y Actualización de Conocimientos. SIP-AN sostiene que la Administración municipal no tuvo en cuenta los servicios previos prestados por el agente como funcionario de carrera en otra localidad y que esa decisión tuvo como consecuencia que dejara de percibir la cuantía prevista por la realización del programa.
Ante esa situación, el sindicato puso sus servicios jurídicos a disposición del policía y el asunto terminó en la jurisdicción contencioso-administrativa. En una primera fase, el procedimiento no dio la razón al funcionario. Según el comunicado sindical, una primera sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo desestimó su reclamación.
El recurso ante el TSJA cambia el resultado
Tras esa primera resolución desfavorable, el agente decidió continuar el procedimiento judicial. SIP-AN recurrió la sentencia ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, que finalmente ha estimado íntegramente el recurso presentado por el gabinete jurídico del sindicato.
El comunicado de SIP-AN señala que el TSJA considera errónea la interpretación realizada por el Ayuntamiento de Málaga respecto a la aplicación del programa de productividad previsto en el Acuerdo de Funcionarios. La resolución anula la sentencia anterior y reconoce el derecho del policía local a participar en el programa del que había sido excluido en 2022.
Además, el tribunal impone a la Administración una condena en costas, fijando un límite máximo de 1.500 euros. Esta condena supone un nuevo revés judicial para el Consistorio en un conflicto relacionado con derechos profesionales y retributivos de la plantilla de la Policía Local.
Qué significa la sentencia para el funcionario
La decisión del TSJA tiene dos consecuencias principales. Por un lado, reconoce que el agente debía haber podido participar en el programa de productividad. Por otro, corrige la interpretación administrativa que había llevado a su exclusión. El aspecto económico concreto que pueda derivarse del reconocimiento dependerá de la ejecución de la resolución y de las actuaciones posteriores que correspondan, pero el pronunciamiento judicial supone, según el sindicato, el reconocimiento de la posición defendida por el funcionario desde el inicio del conflicto.
En este tipo de procedimientos, la discusión no gira únicamente en torno a una cantidad económica determinada, sino también sobre la forma en la que la Administración interpreta y aplica los acuerdos que regulan las condiciones laborales de sus empleados públicos. En este caso, el elemento clave ha sido el cómputo de la antigüedad del policía y si los años de servicio prestados previamente en otra administración local debían ser reconocidos a los efectos del programa de productividad.
SIP-AN critica la actuación municipal
El Sindicato Independiente de Policía de Andalucía ha valorado de forma muy crítica la actuación del Ayuntamiento de Málaga en este asunto. En su comunicado, el secretario general del sindicato, Manuel Jesús Troyano Téllez, expresa su preocupación por la reiteración de conflictos laborales que, según sostiene la organización, terminan resolviéndose en los tribunales.
SIP-AN asegura que en los últimos cinco años ha obtenido alrededor de una veintena de sentencias favorables frente al Ayuntamiento de Málaga en defensa de los intereses de agentes de la Policía Local. Esa cifra corresponde a la valoración difundida por el propio sindicato y refleja, según su interpretación, una conflictividad continuada entre determinados funcionarios y la Administración municipal.
La organización sindical considera que estos procedimientos judiciales podrían evitarse si los criterios de gestión de personal se ajustaran desde un primer momento a los acuerdos y a la normativa aplicable. También cuestiona el impacto que este tipo de litigios puede tener en la imagen institucional del Ayuntamiento cuando las decisiones administrativas terminan siendo corregidas por los tribunales.
Una resolución dentro de la jurisdicción contencioso-administrativa
El procedimiento se encuadra en la jurisdicción contencioso-administrativa, que es la encargada de revisar la legalidad de las actuaciones de las administraciones públicas. En este ámbito se resuelven, entre otras materias, conflictos relacionados con derechos de los funcionarios, retribuciones, antigüedad, procesos selectivos, sanciones, organización de personal y aplicación de acuerdos laborales en el sector público.
En este caso concreto, la intervención del TSJA se produce después de que el asunto pasara previamente por un juzgado de lo Contencioso-Administrativo. La estimación del recurso modifica el resultado de la primera instancia y da la razón al agente en la cuestión de fondo planteada sobre su acceso al programa de productividad.
El Ayuntamiento de Málaga, pendiente de la aplicación de la resolución
Por el momento, la información difundida procede del comunicado emitido por SIP-AN. En él no se detalla si el Ayuntamiento ha efectuado ya actuaciones concretas para ejecutar la resolución ni si existe algún trámite adicional pendiente. La sentencia, según la información sindical, reconoce el derecho del funcionario a participar en el programa y condena a la Administración municipal al pago de las costas procesales hasta el límite señalado.
El asunto vuelve a situar en el foco la gestión de los derechos laborales y retributivos de la Policía Local de Málaga y la interpretación de los acuerdos internos que regulan las condiciones de los agentes. La resolución del TSJA supone, en cualquier caso, un cambio completo respecto al resultado de la primera instancia y refuerza la posición mantenida por el policía y por el sindicato que le ha prestado asistencia jurídica.
Fuente: comunicado del Sindicato Independiente de Policía de Andalucía (SIP-AN), sección sindical de Málaga.
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