MARBELLA. El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha confirmado la culpabilidad de un hombre por participar en la recepción, preparación y distribución de cocaína y hachís desde una vivienda de Marbella, aunque ha rebajado su pena de ocho a siete años de prisión. La Sala considera excesiva la diferencia que existía entre su condena y la impuesta a otro acusado del mismo procedimiento.
Una vivienda utilizada para manipular droga
La sentencia de apelación mantiene en lo esencial los hechos que había declarado probados la Audiencia Provincial de Málaga. Según esa resolución, dos hombres utilizaban un piso arrendado en Marbella para recibir, preparar y distribuir sustancias estupefacientes.
La investigación comenzó en enero de 2024, cuando agentes de la Policía Nacional detectaron un vehículo cuya conducción llamó la atención. Tras identificar a los ocupantes, los policías localizaron una importante cantidad de dinero y comunicaron la información a los investigadores para establecer un dispositivo de vigilancia.
Una caja con tejidos impregnados de cocaína
Durante uno de los seguimientos, los agentes observaron a los dos investigados sacar una caja de grandes dimensiones que desprendía un fuerte olor y estaba mojada. En su interior había tejidos y tiras de tela que, sometidos a análisis, dieron positivo en restos de cocaína.
Ese hallazgo reforzó la hipótesis de que el domicilio funcionaba como un lugar de manipulación de droga. La investigación continuó hasta que se autorizó judicialmente la entrada y registro de la vivienda.
Más de kilo y medio de cocaína y 6,7 kilos de hachís
En el registro fueron intervenidos más de 1,5 kilogramos de cocaína, valorados en más de 43.000 euros, y unos 6,7 kilogramos de resina de hachís, cuyo valor superaba los 12.000 euros. También se localizaron precursores químicos, balanzas de precisión y otros efectos que la Audiencia relacionó con el procesamiento y distribución de las sustancias.
La Sala de Málaga condenó a los acusados por un delito contra la salud pública. Uno de ellos recurrió la sentencia ante el TSJA cuestionando distintos aspectos de la valoración y de la pena.
El TSJA mantiene la culpabilidad pero modifica la pena
El tribunal de apelación rechaza la pretensión de dejar sin efecto la condena y confirma que existía prueba suficiente para atribuir al recurrente participación en la actividad de tráfico de drogas. Sin embargo, estima parcialmente el recurso en lo relativo a la duración de la pena.
La Sala considera que la diferencia entre los ocho años impuestos inicialmente al recurrente y la condena de otro acusado resultaba excesiva a la vista de las circunstancias apreciadas. Por ello reduce la pena a siete años de prisión.
Situación procesal
Existe una sentencia condenatoria de la Audiencia de Málaga revisada en apelación por el TSJA. El alto tribunal andaluz confirma la responsabilidad penal por tráfico de drogas y modifica únicamente la pena del recurrente, que queda fijada en siete años de prisión.